Qué es la paga extra
Las pagas extraordinarias son pagos adicionales al sueldo mensual. La ley obliga a que haya al menos dos al año, y el convenio colectivo o el contrato fijan su importe. Puedes cobrarlas en su mes (14 pagas) o repartidas en cada nómina (12 pagas prorrateadas).
Cómo se calcula
Paga extra neta = paga extra bruta − retención de IRPF
Si todas tus pagas son iguales, la paga bruta es tu salario anual dividido entre el número de pagas. A esa cantidad se le aplica tu mismo porcentaje de IRPF. No lleva descuento de Seguridad Social.
Ejemplo
25.200 € brutos en 14 pagas (1.800 € por paga), sin hijos
Retención: 14,20 %. Nómina mensual neta: 1.407,90 €. Paga extra neta: 1.544,40 €, unos 136,50 € más que un mes normal.
Tus pagas extra ya están incluidas en cada nómina. No recibirás ningún pago adicional en junio ni en diciembre.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se cobran las pagas extra?
El Estatuto de los Trabajadores garantiza al menos dos pagas extraordinarias al año, una en Navidad y otra en la fecha que fije el convenio (normalmente en junio o julio). Algunos convenios añaden una tercera o cuarta paga, por ejemplo en marzo o septiembre.
¿Por qué en la paga extra no me quitan Seguridad Social?
Porque la cotización de las pagas extra se reparte en las doce nóminas del año: tu base de cotización mensual ya incluye la parte proporcional. En la paga extra solo se aplica la retención de IRPF.
¿La paga extra es igual que mi sueldo mensual?
No siempre. Muchos convenios calculan la paga extra solo con el salario base y la antigüedad, sin otros complementos. Si es tu caso, indica el importe bruto exacto en el campo opcional de la calculadora.
¿Qué pasa con la paga extra si me voy de la empresa?
Te deben la parte proporcional que hayas generado y no hayas cobrado. Se incluye en el finiquito. Calcúlala con la calculadora de finiquito.
Criterios y fuentes
Parámetros del ejercicio 2026, revisados el . Se supone que todas las pagas tienen el mismo importe bruto, salvo que indiques otro según tu convenio.
- BOE: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015)
- Agencia Tributaria: algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026
- BOE: Orden PJC/297/2026, bases y tipos de cotización 2026
Consulta todos los valores y supuestos en cómo calculamos.